domingo, 20 de mayo de 2012

INDULTO A GARZÓN

 Y LA INDEPENDENCIA JUDICIAL.-
La semana pasada la Asociación de Magistrados Europeos para la Democracia y las Libertades (MEDEL) junto con la Unión Progresista de Fiscales, al parecer han presentado una petición de indulto a favor de Don Baltasar Garzón. Según dicen, el indulto lo piden en nombre de Garzón con autorización de éste, pero no le representan. La formula de actuar en nombre de uno sin representar a ese uno en lo que piden, parece un contrasentido; pero bueno. La figura del indulto siempre ha constituido la última esperanza del reo: pedir que el Estado le perdone. Toda petición de perdón se apoya  -o se apoyaba-  en dos elementos esenciales, en primer lugar no discutir ni la legitimidad del tribunal sentenciador ni la legalidad de la sentencia; y en segundo lugar, acreditar que el reo no solo asume su responsabilidad y acata la sentencia, sino que está dispuesto a hacer lo preciso para no reincidir en el delito.
Pero por aquí no parece que vayan los razonamientos de MEDEL y de los solidarios con Garzón. La citada Asociación de Magistrados Europeos, en boca de su representante portugués, muestra su preocupación por la condena a Garzón en la medida que la misma pudiera incidir en la independencia judicial de los Magistrados Europeos, con lo cual lo que están combatiendo es la sentencia condenatoria, en su legalidad y en la proporcionalidad de la pena impuesta, y no solo  las virtudes del reo para ser perdonado. Insisten en que la norma que aplicó Garzón para escuchar las conversaciones de los imputados con sus propios abogados en el Caso Gurtel-Correa es interpretable, y que por tanto le cabe la interpretación que de ella hizo Garzón, lo que implicaría una condena injusta. La norma en cuestión claramente permitía tales escuchas solo en los casos de terrorismo. La independencia judicial parecería que debería interpretarse en el sentido que el juez tenga la capacidad y posibilidad de abstraerse de las presiones que le llegan de los solidarios con el investigado o imputado, pero no parece razonable entender que tal independencia le posibilita también independizarse de la ley que ha de aplicar,  de tal manera que tenga potestades para cambiarla y adecuarla a los intereses de la investigación que tiene entre manos. De ser así de independiente el juez, sobraría el poder legislativo y también el poder judicial y la doctrina del Tribunal Supremo, y cada juzgador interpretaría la ley según su espíritu; según el espíritu del juez, no de la ley. Si fuera así, que cada maestrillo tenga su librillo, mejor: que cada juez tenga la su código, la cosa no parecería mejor. Pero en todo caso el indulto pretendido no parece que se apoye en pedir que se perdone a Garzón en el cumplimiento de la pena, sino que se elimine o se olvide la sentencia que le condenó. Es cierto que el concepto terrorismo, en el lenguaje vulgar o periodístico puede adecuarse a cualquier otra acción que lleve aparejada la organización criminal encaminada a producir un daño generalizado que violente los derechos de los más desprotegidos, es verdad. Se puede decir que existe un terrorismo económico cuando un grupo de indeseables se agavillan con mandatarios públicos para enriquecerse a costa de la miseria de la mayoría, y así entender por ejemplo que los banqueros que se ponen unas pensiones de miedo y unos sueldos indecentes y luego se mandan a mudar con la bolsa llena, mientras a las víctimas le aplican las ejecuciones hipotecarias: son organizaciones terroristas. Se puede, pero no lo dice la ley; y las interpretaciones legales caprichosas desde la individualidad de un juzgador, no parece que sean benéficas para la Democracia y las Libertades. No, al menos, para las libertades de los justiciables.
 Por otro lado comparar, como comparan, el pretendido indulto de Garzón, con  el indulto que el gobierno de José María Aznar le otorgó en el 2000 al ex juez Don Javier Gómez de Liaño –hoy abogado-, por aquel procesamiento en el que le declararon prevaricador frente y contra a Don Jesús Polanco, Don Juan Luis Cebrián y SOGECABLE, tan defendido por los Solidarios con Gómez  de Liaño, especialmente desde el Diario El Mundo; no parece que le vaya a favorecer a Don Baltasar Garzón. Aquel indulto al ahora abogado, estuvo condicionado a que por veinticinco años no volviera a la Audiencia Nacional; y si esto se le aplicara a Garzón, lejos de subirle la autoestima se la dejarían a cero.  Y así sus defensores, en lugar de conseguir que se olvide la sentencia que le condenó, conseguirían que se olvide a su defendido.
En Barcelona a 20 de mayo del 2012. RRCH.

lunes, 14 de mayo de 2012

Solidaridad con Garzón

La ejemplaridad nadando entre la inmundicia


         Es un hecho que el Auto de 13 de Febrero del 2012 del Tribunal Supremo, en la causa especial 20339/2009 que archiva por prescripción de los delitos, la acusación contra Garzón por los cursos de Nueva York, realmente constituyó una condena moral al ex-juez. Condena innecesaria, desmesurada y que traducía la evidente voluntad de destrozar la imagen pública del imputado. Los magistrados del Tribunal Supremos desgraciadamente actuaron como justicieros demostrando su incapacidad de sustraerse de la inquina  que tenían y siguien teniendo contra Garzón, ello  alimentó sus ánimos desde el inicio de tales actuaciones judiciales, que curiosamente les llevó a descubrir tardíamente que los hechos estaban prescritos: antes no lo habían visto o no lo habían querido ver.
         Desde siempre, todos los que han queridos saber saben, que los magistrados del Tribunal Supremos; de los Tribunales Superiores de Justicia; de la Audiencia Nacional; de las Audiencia Provinciales y de los Juzgados de Instrucción, Primera Instancia y de los Mercantil, legalmente pueden completar, y completan en su mayoría, sus ingresos con conferencias, cursos y cursillos que imparten en universidades privadas y foros de opinión; ello es así porque la dedicación a la “enseñanza” no es incompatible con sus cargos de juzgadores. Claro; estos cursos, seminarios o conferencias son patrocinados y pagados por los bancos, cajas de ahorro, escuelas de negocios, periódicos de gran tirada y los despachos de abogados de ámbito nacional o internacional de reconocido prestigio. Los magistrados cobran por esto, y a veces con ello duplican o triplican sus ingresos. Es legal. Cuando un magistrado tiene un caso sonado, generalmente es invitado para tales charlas, conferencia y cursillos, y se prestan gustosamente a ello. Por un lado complementan sus ingresos y por otro ganan notoriedad en los medios, al tiempo que aumentan su autoestima recibiendo  baños  de peloteos, de los adulones que se significan para tener buen rollo cuando sea necesario. Don Baltasar Garzón dio un paso más, no esperaba que le invitaran, ya se ofrecía él a organizar los seminarios y cursos, y de paso se encargaba de conseguir la financiación necesaria dirigiendo cartas a los que él consideraba presuntos postulantes al pago, y así, les decía “querido Emilio”, o Juan o Pedro. Y éstos pagaban con ganas o sin ella, y él cobraba por su enseñanza y dedicación; y seguía cobrando por ser juez de instrucción de la Audiencia Nacional mientras no estaba allí.
         Ahora, los que se erigen como Solidarios con Garzón, denuncian a los magistrados del Tribunal Supremo que condenaron al ex juez por prevaricación, achacándoles que han recibido emolumentos por enseñanzas impartidas que al parecer las pagaban los abogados del caso Correa. También ha puesto en aprieto al Presidente del Consejo General del Poder Judicial y Presidente del Tribunal Supremos, que al parecer es o era  amante de la semana caribeña –fiesta de jueves a martes- cobrando por Magistrado cuando no estaba y por otra cosas allí donde estaba, aunque para él son miserias. Y es de agradecer y se agradece tal cosa a los Solidarios con Garzón. Ahora bien, no deberían centrarse solo en los magistrados enemigos de Garzón, sería más estético que lo hicieran con todos. Es evidente; obvio; palmario; y solo no visible para el que no quiere ver; que todos esos cursillos, seminarios, charlas y conferencias, son instrumentos para ganarse la simpatía y benevolencia de los juzgadores. Una inversión dineraria que hacen los bancos, periódicos, y despachos de abogados, para cuando un banquero, un director de periódico, o un abogado, tienen que defender a uno de los suyos o a un cliente,  ante el juzgador conferenciante. Los del caso Correa, no iban a ser menos: contratan a los mejores o los mejores relacionados.  Es lo que en otros órdenes, no éste, se denomina parcialidad objetiva en relación al juez. Ningún despacho de abogados invertiría en hacer cursillos, conferencias o seminarios trayendo a magistrados de prestigio que cobran por ello, si con esto no sacaran un beneficio. Un beneficio en sí, ya es la publicidad -que otorga el prestigio- , y el otro conseguir mayor accesibilidad al juzgador. Luego el juzgador será o no más accesible y más comprensivo, pero en todo caso el cliente creerá que sí, y en mucha ocasiones ha de acertar, para eso acude a esos despachos de reconocido prestigio y paga minutas muy abultadas.
         Y así las cosas, cuando el Partido Socialista en su último consejo de ministros indulta al banquero mano derecha de Don Emilio, la gente le cuesta entenderlo. Y así cuando Don Rodrigo Rato -antes de pasado un año de cuando decía que Bankia era un gran negocio-, ahora se vaya cobrando después de conseguir que el gran negocio valga la mitad,  sin que ningún fiscal o magistrado se moleste en pararle la huída, como tampoco lo han hecho con los otros que se fueron con pensiones vitalicias insultantes; la gente no lo entiende o les cuesta. Como naturalmente les cuesta entender que a Don Baltasar Garzón se lo hayan quitado de en medio de la forma que lo hicieron. Seguramente el Sr. Garzón lo entiende, puesto que él mismo utilizó con soltura y abundancia las artimañas que luego sus compañeros aplicaron contra él -cursillos incluídos-. En cualquier caso es de aplaudir y se aplaude, que los Solidarios con Garzón ahora traten de exigir ejemplaridad, aunque sea  nadando entre las inmundicias. La crisis es una oportunidad para tales pedimentos y la ejemplaridad artículo de primera necesidad.

Barcelona a 13 de Mayo del 2012.- RRCH.