martes, 30 de abril de 2024

GUERRA JUDICIAL, que en inglés se dice distinto

 

En estos días ya partiendo de la “reflexión” del presidente del Gobierno de España, Don Pedro Sánchez, que está manifestando la preocupación que le conmueve por los ataques injustificados parapetados en la administración de justicia en base a falsedades y bulos, y él no tiene claro al parecer, cómo resolver el problema; no obstante resulta que ese asunto ya lo tiene resuelto la propia Ley de Enjuiciamiento Criminal de 1882, en cuando dice en el Art. 637 que Procederá el sobreseimiento libre: 1º) Cuando no existan indicios racionales de haberse perpetrado el hecho que hubiere dado motivo a la formación de la causa. 2º) Cuando el hecho no sea constitutivo de delito. 3º) Cuando aparezcan exentos de responsabilidad criminal los procesados como autores, cómplices o encubridores”. Y cuando la causa penal acaba por la inexistencia de indicios de haberse cometido delitos o cuando los hechos cometidos no sean delitos, la misma ley da la solución en el siguiente artículo el 638 que dice:” En los casos 1º y 2º del artículo anterior podrá declararse, al decretar el sobreseimiento, que la formación de la causa no perjudica a la reputación de los procesados. Podrá también, a instancia del procesado, reservarse a éste su derecho para perseguir al querellante como calumniador. El Tribunal podrá igualmente mandar proceder de oficio contra el querellante, con arreglo a lo dispuesto en el Código Penal”.

Por tanto, las soluciones legales están desde hace muchos años, y lo que procede en su caso es que se hagan cumplir.

Barcelona a 30 de abril 2024, RRCh.

lunes, 29 de abril de 2024

POLARIZACIÓN POLÍTICA

 

Si hay en el mundo llamado occidental una polarización política y en unos lares más que en otros, será porque hay dos polos, y un polo ataca al otro como enemigo irreconciliable y no como compañero de viaje discordante o adversario; si fuera así, cabría pensar que, con que uno de los polos deje de ser polo, el otro polo se queda sin trabajo.

  Al parecer la polarización se basa en presunciones de pronósticos apocalípticos que se exponen como conclusiones verdaderas e irrefutables. Pero unos y otros, esto es: un polo y su contrario, generalmente se ahorran exponer los hechos y razones sobre los cuales llegan a la conclusión, y como es muy difícil e incómodo oponerse seriamente a una conclusión sin conocer los hechos que lo fundamentan, entonces se ataca la conclusión negada con otra conclusión afirmada sobre otro caso distinto que tenga algún parecido aunque sea remoto,  y haga daño.

 Por ejemplo, si se afirma la presunta implicación en actividades ilícita de un familiar de un político, el aludido se ofende y airadamente en lugar de exigir que el que hace la afirmación explicite de qué hechos, indicios racionales o pruebas extrae la conclusión que vincule al familiar con él y su actividad política, simplemente ataca al que le ofendió con otra conclusión de otros hechos ilícitos que imputa sobre un familiar, pariente o allegado del ofensor.

 Como al ciudadano que observa esto, se le han hurtado el conocimiento de  los hechos, indicios o pruebas de las dos conclusiones, puede pensar que las dos son verdaderas y los dos son corruptos o aficionados a serlo,  o sencillamente cree que es verdadera lo afirmado por el que le cae más simpático y que es falso lo dicho por el que le resulta más antipático, asumiendo así como conclusión propia lo que es la conclusión de otro, porque él no tiene ni idea de dónde viene la cosa, solo ha visto y oído que se pelaran dos contrincantes y él ha decidido creerle a uno por cuestiones exclusivamente emocionales.

En cambio, si cuando un político recibe la conclusión de su adversario diciendo que un familiar suyo cometió un hecho delictivo o inmoral, y en lugar de buscar otra conclusión que no tenga una relación de causalidad con lo imputado, le exigiera al acusador con sumo respeto y consideración que exponga los hechos y circunstancias sobre lo que fundamenta la ofensa y en ello centra la discusión, puede que el ciudadano expectante llegue a conclusiones propias. Y para ese diálogo o discusión no es necesario atacar personalmente al emisor de la conclusión. Y, si estuviéramos de acuerdo en esto, cualquiera de los dos polos puede dejar de serlo, y si el otro sigue insultando porque su conclusión se sustenta en hechos indemostrables, falsedades, exageraciones o chismes, quedará éste en evidencia frente al ciudadano que posiblemente jamás le vote. Porque, al fin y al cabo, la polarización no es otra cosa que el resultado de haber llegado a la conclusión por ambos polos, de que con el barullo ganan votos de los ciudadanos que entre los dos intentan idiotizar situándolos en bandos opuestos e irreconciliables para que se entretengan mientas les envenenan con pequeñas, continuas y sucesivas dosis de mierda edulcorada que acaban normalizando. Y si normalizamos la mierda con azúcar, ellos nunca buscaran las alternativas (que las hay) para alimentarnos de forma saludable.

Barcelona a 29 de abril 2024. RRCh

viernes, 19 de abril de 2024

DERECHO A LA DEFENSA CUANDO SE QUIERE DECIR VENGANZA

 

Nadie discute; todos aceptamos como justo que, las personas y las naciones tiene derecho a la legítima defensa de los intereses propios y ajenos. Para que la defensa sea legítima tiene que generarse en el instante que se produce el ataque y en la proporción del ataque. No es defensa y menos será legítima por exceso extensivo, cuando un ataqué se responde tiempo después con otro ataque al atacante primigenio, ni tampoco -aunque sea en el mismo acto del ataque-, cuándo la “defensa” sea desproporcionada por exceso intensivo (responder a una patada con un tiro en la frente y otro en la barriga no es defesa sino homicidio).

 Cualquiera que quiera entender entiende, que no es legítima defensa responder a una agresión de un hijo agrediendo al atacante un día después, y menos lo es, si la “defensa de después” se ejecuta sobre la familia del atacante en su casa.  La defensa legítima no es más que la respuesta a un acto de agresión en el momento que la agresión se está produciendo y como forma de repeler o impedir la agresión que se está sufriendo. Todo lo que exceda de tales parámetros es venganza: crímenes o genocidio.

Actualmente desde el occidente presuntamente defensor de los derechos humanos, se nos llena la boca sin vómitos diciendo que Israel tiene derecho a defenderse del ataque terrorista padecido por parte de Hamás en octubre pasado. Y esa “legítima defensa” se materializa después, de forma continuada, persistente e incrementando la intensidad sobre la generalidad de una población civil palestina indefensa. Se les mata con balas, bombas y hambre, a hombres, mujeres y niños; y por supuesto que desde la indignidad y las vomitivas razones de los “nuestros”, los pocos palestinos que se salven no tendrán derecho a la legítima defensa de después y a lo bestia, como la entiende hoy el estado de Israel prostituyendo el lenguaje, para disimular el holocausto de palestinos que el estado judío está generando al abrigo de un occidente que se tapa los ojos.

Barcelona a 19 de abril del 2024. RRCH