lunes, 9 de abril de 2018

LA EURO ORDEN DE ARRESTO


El uso indiscriminado de la manipulación como único instrumento político para sobrevivir en el oficio, o mejor dicho para percibir los emolumentos que del puesto se derivan, aunque el oficio no se ejerza, está contaminando de tal forma la vida pública que la hace irrespirable, por el resultado de una manipulación institucionalizada para que cada cual entienda lo que quiera entender, dejando al margen cualquier atisbo que se aproxime a la verdad. Puigdemont fue capturado en Alemania mientras huía de la justicia española, y no por sus ideas política sino por intentar imponerlas quebrantando la Constitución, el Estatuto de autonomía de Cataluña, las resoluciones del Tribunal Constitucional, y haber instrumentalizado a parte de la ciudadanía catalana para que contra la legalidad vigente intentaran imponer sus ideas. Y ello no triunfó, de haberlo hecho significaría que hoy en una parte de España no regiría la Constitución española ni sería parte del Estado. La justicia española activó la euro-orden de arresto contra Puigdemont y otros, que huyeron al día siguiente de haber proclamado la república catalana de forma real o simbólica. Un tribunal de un lander alemán -similar a un Tribunal Superior de Justicia de una comunidad autonómica española-, entendió que la descripción que sobre la violencia desarrollada por el separatismo liderado por Puigdemont para imponerse, no era suficiente para encajar en el tipo penal alemán que describe el delito de alta traición, y concluyó que no era extraditable por el delito de rebelión que describe el código penal español, y posiblemente tampoco por el delito de malversación de caudales público, y acordó la puesta en libertad de Puigdemont, obligándole a que se mantenga dentro de Alemania. La manipulación comienza cuando se dice que la justicia europea le ha dado la razón a Puigdemont y que la  justicia española ha sido derrotada. Ya de entrada decir que la justicia alemana es más europea que la española no parece corresponderse a la verdad. Será el resultado de la justicia europea cuando tal resolución emane del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), cosa que no ha sucedido. Y si la justicia española plantea la cuestión al TJUE y éste entiende que los tribunales o jueces de cualquier estado miembro de la Unión Europea que reciba una petición de euro-orden de arresto puede entrar en el fondo de la cuestión, aceptando o rechazando los fundamentos fácticos  que el juez requirente expone, entonces sí que habrá actuado la justicia europea, y  se habrá de aceptar al menos hasta su reforma; en tal caso resultará que la euro-orden de arresto no es un mecanismo de colaboración entre iguales sino una suerte de doble enjuiciamiento, en el que el juez o tribunal que acepta o rechaza la entrega del requerido puede dictar sentencia absolutoria sobre el fondo sin necesidad de hacer juicio y sin necesidad que el juicio se haya celebrado en el Estado requirente.  Y si esto fuera así, la justicia española tendría la posibilidad, si no la obligación, de desactivar la euro-orden para que Puigdemont y los otros huidos permanezca fuera, de forma que solo puedan entrar a España para responder por todos los delitos de los que se les acusa, o no entren.  De momento no parece que ningún Estado del conjunto de la unión, tengan atribuidas potestades tutelares sobre la justicia española ni sobre ningún otro Estado que no sea el propio.
Barcelona a 9 de abril del 2018, RRCh

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