miércoles, 15 de enero de 2014

Pedro Horrach, el Fiscal de la Infanta.


 El Ministerio Fiscal ejerce su función por medio de órganos propios conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica, sujeto a la legalidad e la imparcialidad; al menos eso fue lo que quedó dicho en el párrafo segundo del artículo ciento veinte y cuatro de la Constitución, y allí se mantiene.

       Pero, la realidad va por otros derroteros, hace un par de días otro delegado del mismo Ministerio Fiscal pedía que se investigara para descubrir a la persona o personas que filtraron a la prensa los correos electrónicos del Sr. Blesa, ello para imputarles por haber hecho tal cosa, en la medida que la cosa hecha, para el fiscal era un delito que se debía perseguir en defensa del secreto de las actuaciones judiciales. Hoy en el periódico el Mundo se publica el escrito del fiscal Sr. Horrach que también tiene fecha de hoy -está calentito aún-, y no tiene ningún sello que acredite su presentación ante el Juzgado al que se dirige. Ello da la apariencia que el mismo fiscal antes de presentar el escrito al Juzgado ya lo filtró a la prensa. El Sr. Horrach no recurre el auto del juez Sr. Castro que imputa a la Infanta Doña Cristina, pero en su escrito manifiesta de forma personal y en primera persona que tenía ganas y razones para hacerlo y por los motivos que se ahorra exponer no lo hace. En ese escrito que no recurso, frente al Auto que no recurre, dice cosas como por ejemplo: “la citación requiere inexcusablemente de la existencia, como mínimo, de la apariencia de un acto punible previo basado en indicios reales y consistentes”, con ello el Fiscal parece querer decir que no existe la apariencia de delito ni indicios reales y consistentes. “Las dudas no sirven como base de imputación”, con lo que parece querer decir que la citación de la Infanta como imputada no se ha de efectuar antes de aclarar las dudas, ni tampoco para aclararlas. ”La segunda conclusión del Auto es radicalmente errónea (…) Hasta aquí lo manifestado por el instructor. Ahora pasemos a la realidad”, parece querer decir que el Juez se montó una película ficticia para eludir la realidad que el Fiscal descubre. “Lo que a mi juicio ha sido una labor rigurosa y coherente de la Agencia Tributaria y una errónea interpretación del instructor (…) me permito reiterar si riesgo a equivocarme”; parece que el juez se ha pasado la legalidad por el arco de triunfo, según el Fiscal; pero el Fiscal no acude mediante el recurso de reforma subsidiario de apelación o el de apelación directo a defender la legalidad que a su juicio el juez está quebrantando. No obstante, el Sr. Fiscal se saca de la manga la petición de nuevas diligencia para ANTES que la Infanta vaya a declarar como imputada. Y da la sensación que el Fiscal ya sabe lo que van a decir los peritos de Hacienda cuya declaración reclama, y con lo dicho por ellos, -que dependen del Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Hacienda del Gobierno y el Gobierno del Partido Popular-, estará en disposición de oponerse después a que la Infanta declare como imputada. No me está cuadrando aquello de la imparcialidad, la dependencia jerárquica y la defensa de la legalidad por parte del Ministerio Público. ¿O sí?

 

Barcelona a 15 de Enero del 2014.- RRCH.

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