lunes, 9 de octubre de 2017

Cataluña contra Catalunya y viceversa.


La manifestación de ayer (8 de octubre del 2017) de los catalanes y españoles, (españoles catalanes/ catalanes españoles) demostró lo que ya se sabía, que se está al 52/48 o 48/52 por ciento. Y como bien dice Josep Borrell los separatistas declararán la independencia que aunque no tenga ninguna trascendencia práctica, será suficiente para seguir la comedia. Ya ellos mismo aclaran ahora que declararla y ponerla en práctica no es lo mismo, aunque a los suyos le habían hecho creer que una cosa y la otra era la misma cosa. La cosa acaba en una encrucijada emocional, aunque no comenzó por ahí. Para que mucha gente se acabara creyendo cualquier cosa, antes se les convenció que económicamente, sí, económicamente, Catalunya con la independencia saldría ganando, y mucho. Los señores Mas y Junqueras decían que las grandes empresas y los banco se pelearían para estar en esa Catalunya independiente; y con ello era de suponer que los impuestos de sociedades que pagarían esas empresas a la nueva república la haría florecer. Pero, como antes que se declare (que no implica que la independencia se haga), las grandes empresas ya se ha han ido a domiciliarse fuera de Catalunya, ahora dicen que eso no es nada, puesto que ya pagaban los impuestos de sociedades a España y así sigue, y se pierde poco. Cierto, se pierde poco, siempre que Catalunya sea España, si se independizara no tendría el impuesto de sociedades ni de La Caixa, ni del Banco de Sabadell, ni de Gas Natural, ni de Aguas de Barcelona, ni a los que se están preparando para irse hoy o mañana. Las cuentas de la lechera sobre lo que generaba Catalunya se hicieron contando con La Caixa, Banco de Sabadell, Agba, y Gas Natural, ¿no?, y con las ventas a España, o ¿tampoco? Decían los patriotas separatistas que la Catalunya independiente seguiría dentro de la Unión Europea, ahora está claro que no. Pero bueno la cosa ahora va de emociones, y no es esperable que digan que las emociones las afloraron con un cúmulo de mentiras sobre la economía: ¿España nos roba?

Diálogo y referéndum pactado, grita la otrora izquierda internacionalista reconvertida en regionalista y provinciana. Saben que no hay posibilidad de pactar un referéndum exclusivamente para los catalanes, saben que hay una Constitución, pero saben también que cualquier postura definida y clara les traería controversias con sus propios simpatizantes, y prefieren que esa controversia se produzca fuera de sus filas, al menos para conservar a los suyos y los suyos les conserven a ellos. La lucha ideológica requiere un esfuerzo intelectual para el que no están preparados, menos cuando se ha logrado un buen sueldo que hay que hacerlo aguantar.

Claro que se ha de dialogar para hacer referéndum, y ese diálogo se ha de iniciar con propuestas de reforma de la Constitución para introducir en ella la posibilidad de referéndum de independencia de los territorios que se quieran independizar. Pero para eso hay que hablar de mayorías, debates formales y decisorios, se ha de convencer al otro con razones, y eso es un lío. Es más fácil repartir banderitas y eslóganes para que el personal se desahogue gritando en el anonimato que proporciona la multitud.

Dicen los opinadores profesionales: no hay que humillar a Catalunya. ¿Pero a cuál de las dos mitades de refieren? ¿En qué consistiría para ellos la humillación y la no humillación?

Por qué no empezamos el diálogo con algo, por ejemplo:

 El Artículo 2 de la Constitución, literalmente dice: “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas, ¿cómo se puede reformar  éste precepto?: añadiendo un párrafo que diga; “ De forma extraordinaria, cualquier nacionalidad o región con parlamento autonómico y con el voto favorable de dos tercios de sus miembros, podrá convocar un referéndum de independencia del Estado español, el cual ha de ser sometido a votación en dicho territorio en un plazo no inferior a dos meses ni superior a seis. Y si es refrendado por la mayoría más un ciudadano del total censo electoral de la nacionalidad o región que los haya convocado quedará  aprobada la independencia. En caso, que su resultado no respalde la independencia con la indicada mayoría, dicha nacionalidad o región no podrá hacer otra convocatoria por la independencia hasta pasados los próximos veinte años.”

 Ya que todos quieren dialogar, por qué no hacer una propuesta de este tipo, para empezar. Naturalmente para esa reforma se necesitarán las mayorías que prevé el Art. 168 de la misma Constitución.

Barcelona a 9 de octubre del 2017. RRCH

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